Las cédulas que tengan que diligenciarse en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben ser presentadas ante la Dirección General de Notificaciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La presentación puede efectuarse en forma presencial (en las oficinas de la Dirección), por correo postal o por correo electrónico.
- De manera presencial (en soporte papel): La presentación del documento debe hacerse previa solicitud de un turno ingresando a la central de turnos en la página web de la Dirección General de Notificaciones: https://turnos.csjn.gov.ar/, seleccionando el tipo de atención que requiera y completando sus datos personales.
- Este tipo de cédulas deben contar con un interviniente matriculado en el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF), pudiendo ser este el abogado firmante o un autorizado, y deberá presentar la credencial y/ o DNI vigente al momento de retirar la cédula diligenciada.
- En caso de que no haya un letrado matriculado en CPACF en la cédula, se deberá al momento del ingreso del instrumento otorgar un “delega facultades” en la que se autorice a un abogado colegiado en esta jurisdicción.
- Las cédulas deberán estar impresas en papel y estar firmadas digitalmente (se valida con el código QR que genera automáticamente el SNyPE del PJBA).
- Por correo postal (también en soporte papel y con el código QR que permita su validación): Se envían a la siguiente dirección física: Dirección General de Notificaciones, Calle: Jean Jaures 545 1°, C.P.: 1215, CABA.
- Por correo electrónico institucional/oficial: A la casilla electrónica: notificaciones.turnos.consultas@csjn.gov.ar, enviando en soporte digital en archivo adjunto, con firma digital verificable (código QR). En caso de que se anexen copias, se anexan a la cédula (vinculación digital) y se debe dejar constancia de su detalle y que se consultan bajo modalidad digital.
Téngase en cuenta que estas dos últimas posibilidades (correo postal y electrónico) son de excepción y sólo pueden provenir desde el Tribunal emisor. Por ello, en caso de requerirse que el Juzgado las remita a la Dirección de Notificaciones, el interesado deberá solicitarlo expresamente en el expediente.