Oficios al Registro de las Personas
Diligenciamiento en soporte electrónico.
Comunicamos que en el marco del Convenio Nº 449 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires con el Ministerio de Gobierno de la Provincia, desde el día 19/02/2019 se implementaron las Notificaciones Electrónicas con el Registro Provincial de las Personas.
Pueden acceder al texto del Convenio Nº 449 accediendo a este enlace.
Importante: para la confección de los oficios al Registro Provincial de las Personas, deben utilizarse indefectiblemente los modelos estandarizados aprobados por la Resolución de Corte Nº 856/19, la cual puede consultarse a través de este enlace.
Los modelos de oficios pueden ser consultados en la sección «modelos».
Instructivo:
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El Juzgado confeccionará y remitirá al Registro Provincial de las Personas a través del portal web de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas el oficio electrónico respectivo.
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Previo a proceder a su libramiento, deberá acreditarse el pago de la tasa y/o sellado correspondiente, remitiendo en formato PDF y como archivo adjunto a una presentación electrónica, la constancia correspondiente.
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A los fines de conocer la modalidad de instrumentación de lo aquí dispuesto podrá consultarse la sección pertinente a través del Portal de Trámites de la Provincia https://portal.gba.gob.ar, ingresando «Por tema: Familia y Documentación» y «Por Organismo: Ministerio de Gobierno», y/o desde la página del Registro::http://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas).