Sala Tercera – Cámara Civil y Comercial de Mar del Plata
Causa número 173.693
Resolución del 10/3/2022
SINTESIS
«El requerimiento se orienta a cumplir una finalidad «preconstitutiva de prueba» que, como anticipamos, no está permitida, pues intenta utilizarse para (mediante la constatación de la cantidad de televisores y habitaciones) definir los términos del reclamo que contendrá la futura demanda…»
«No hallamos demostrada la imposibilidad de producción en la etapa pertinente del proceso, pues no alcanza para ello la simple afirmación referida a que el demandado pueda «sustraer» los televisores de las habitaciones para frustrar la probanza anhelada por la sociedad actora. Como se explicó, y también lo sostuvo el a-quo al denegar la anticipación solicitada, el temor debe ser «fundado», no bastando para ese fin la sola conjetura de que el demandado pueda hacer desaparecer u ocultar algún tipo de probanza».
La sentencia completa de segunda instancia puede descargarse a continuación:
Y a continuación, la de primera instancia: