Oficios al Registro de las Personas
Diligenciamiento en soporte electrónico
A partir del 19/02/2019, se ha llevado a cabo la implementación de las Notificaciones Electrónicas en colaboración con el Ministerio de Gobierno de la Provincia, en el marco del Convenio Nº 449 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y el Registro Provincial de las Personas.
Pueden acceder al texto del Convenio Nº 449 accediendo a este enlace.
Importante: para la confección de los oficios al Registro Provincial de las Personas, deben utilizarse indefectiblemente los modelos estandarizados aprobados por la Resolución de Corte Nº 856/19, la cual puede consultarse a través de este enlace.
Instructivo:
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Para llevar a cabo el proceso de remisión del oficio electrónico al Registro Provincial de las Personas, el Juzgado se encargará de su confección y posterior envío a través del portal web de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.
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Antes de proceder con el libramiento, es necesario acreditar el pago correspondiente de la tasa y/o sellado. Para hacerlo, se debe enviar la constancia correspondiente en formato PDF como archivo adjunto en una presentación electrónica.
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A los fines de conocer la modalidad de instrumentación de lo aquí dispuesto podrá consultarse la sección pertinente a través del Portal de Trámites de la Provincia https://portal.gba.gob.ar, ingresando «Por tema: Familia y Documentación» y «Por Organismo: Ministerio de Gobierno», y/o desde la página del Registro::http://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas).